Adaptación constante del personal técnico de Vamasa Tecnial a los cambios del sector

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La Norma EN280:2013 entró en vigor el 31 de enero de este año, momento en el cual se ha retirado la versión anterior. Cualquier persona involucrada en la industria de las Plataformas Elevadoras Móviles de Personal (PEMP) se beneficiará de la correcta comprensión de la nueva norma. Tim Watson lo resume para Access International.
Todas las máquinas, incluyendo las Plataformas Elevadoras Móviles de Personal (PEMP) vendidas en Europa, tienen que cumplir con los requisitos de la Directiva de máquinas 2006/42/EC. Para ayudar a los fabricantes a cumplir con la Directiva, el Comité Europeo de Normalización (CEN) produce una gama de normas, llamadas normas armonizadas, mencionadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, y establece aquellos requisitos que, si se siguen en su totalidad, proporciona lo que se conoce como «presunción de conformidad» con la Directiva.
Para la mayoría de los tipos de máquinas el fabricante certifica que su máquina cumple con los requisitos de la Directiva de máquinas. Esto figura en la declaración CE de conformidad proporcionada con cada máquina en el momento del suministro. Para tipos específicos de máquinas, enumerados en el anexo IV de la Directiva, se tienen que aplicar procedimientos de conformidad adicionales. Para estas máquinas, que incluyen las PEMP, los fabricantes tienen que cumplir todos los requisitos de una norma armonizada o realizar un examen de tipo a la máquina llevado a cabo por un Organismo de Certificación Autorizado (OCA).
La norma europea para las PEMP, la Norma EN 280, fue publicada originalmente en 2001 y posteriormente modificada en 2004 y 2009. Tras la enmienda del 2004, el Grupo de Trabajo 1 del Comité Técnico 98 del CEN comenzó a trabajar en una completa revisión de la norma. Esta revisión completa fue publicada en julio de 2013 con un período de transición de 18 meses, lo que significa que la Norma EN 280:2013 entró completamente en vigor el 31 de enero de este año, momento en el cual se ha retirado la versión anterior EN 280:2001 + A2:2009.
Las razones de todos estos cambios son tres:
 Que los fabricantes puedan asumir los cambios en el coste económico con el desarrollo y mejora de la tecnología de las máquinas, así como las reducciones de coste por el aumento de la disponibilidad de componentes y sistemas. Esto se conoce en la terminología de la Unión Europea como «Cambios del Estado del Arte».
 Nuevos diseños de máquinas y el desarrollo de nuevas características en áreas de diseño existentes, que quizá no estaban cubiertas por la versión previa de la norma.
 El intercambio de información entre usuarios y departamentos de servicios clave de los fabricantes, no se cubría adecuadamente con la versión previa de la norma.
Los cambios en la Norma En 280:2013 son principalmente de interés para los fabricantes de PEMP y los Organismos de Certificación, llevando a cabo las Inspecciones y Certificaciones del producto. Sin embargo, es importante que los distribuidores, proveedores, empresas de alquiler y usuarios, sean conscientes de los cambios. Por ejemplo, el mismo modelo de PEMP fabricado antes y después de 31 de enero de 2015 puede tener características ligeramente diferentes y funcionar de manera ligeramente diferente. Esto significa que los operadores de PEMP, incluso si están familiarizados con las máquinas más viejas pueden requerir familiarización adicional en
las nuevas máquinas, para asegurarse de que entienden plenamente cualquiera de las nuevas características.
Los principales cambios en la Norma son los siguientes:
1. La definición de PEMP de grupo A se modificó para incluir la mayoría de las plataformas de tijera con extensiones en la cesta. El objetivo es permitir diferentes capacidades nominales y extensiones en la plataforma, sin el requisito para sistemas de detección de carga distintos. (Punto 1.4).
2. El punto que trata sobre chasis y estabilizadores ha sido totalmente reestructurado y se han añadido nuevos requisitos (Punto 5.3):
a. Las máquinas, como plataformas de tijera y de brazo autopropulsadas, que pueden desplazarse con la plataforma elevada, deben estar equipados con un dispositivo que impida que la máquina se desplace cuando alcance el límite de inclinación marcado por el fabricante (Punto 5.3.1.2). La edición anterior de la norma EN 280 requería solamente un aviso que se daba cuando había alcanzado el límite de inclinación.
b. La versión anterior de la Norma EN 280 requería la existencia de frenos para PEMP autopropulsadas. Este requisito se ha extendido a todos los tipos de PEMP (Punto 5.3.1.6).
c. Los requisitos para PEMP montadas sobre raíles se han ampliado, con referencias a otras normas para máquinas sobre raíles que operan en la red ferroviaria europea y otros sistemas de carril como tranvías o vías industriales (Punto 5.3.1.18).
d. La versión anterior de la Norma EN 280 no hizo referencia alguna a los ejes oscilantes, que a menudo se utilizan en tijeras todo terreno y plataformas de brazo autopropulsadas. En la nueva versión hay un requisito por el que las inclinaciones de los chasis y/o la superestructura durante el desplazamiento con la plataforma elevada en la máxima inclinación permitida deben permanecer dentro de los límites especificados por el fabricante. (Punto 5.3.2.3). También hay requisitos adicionales para test de máquinas con ejes oscilantes en baches y bordillos (ver apartado 16.b de este artículo).
3. Se ha añadido un requisito adicional para los sistemas de control de carga, por el que si el sistema se activa mientras la plataforma de trabajo está en una posición estacionaria, impedirá cualquier movimiento habitual de la plataforma. (Punto 5.4.1.2).
4. Las PEMP con más de una carga nominal y más de una zona de trabajo deben poseer un indicador para mostrar qué combinación ha sido seleccionada manualmente (Punto 5.4.1.7).
5. En la versión anterior de la Norma EN 280 los resguardos para la estructura extensible de las tijeras se podían reemplazar en plataformas «diseñadas para pasar por aberturas cuya anchura sea sobre 1,2 m y su altura de alrededor de 2 m». En este caso la norma permitía el uso de controles de descenso que automáticamente paraban el descenso de la plataforma en una posición donde la distancia vertical entre los extremos exteriores de las tijeras fuera superior o igual a 50 mm. El operador tenía que soltar el control y volver a seleccionar el mismo para continuar descendiendo, una vez comprobado la ausencia de personal que pudiera quedar atrapado en la estructura, suministrando un recordatorio para buscar esta
comprobación. La versión actual de la Norma EN 280 ha extendido esta opción para plataformas de tijera de todas las anchuras, con requisitos adicionales como un tiempo mínimo de espera antes de reiniciar el descenso, advertencias visuales y sonoras durante el descenso final y una velocidad de bajada menor en este último tramo que la velocidad de descenso media. (Punto 5.4.3).
6. Muchas PEMP de brazo tienen un dispositivo para nivelar la plataforma mediante los controles de la plataforma. La Norma EN 280:2013 tiene un nuevo requisito por el que este ajuste sólo puede realizarse cuando la plataforma está parada (Punto 5.6.1).
7. Aparecen nuevos requisitos para el tamaño de las aberturas de acceso a las plataformas con barandillas fijas. Se especifican dimensiones mínimas para la abertura, intentando conseguir dimensiones mayores siempre que sea posible. También hay un requisito por el que «Las barandillas intermedias deslizantes o pivotantes verticalmente deben poder mantenerse en posición abierta con una mano mientras una persona entra o sale de la plataforma» (Punto 5.6.3).
8. La versión anterior de la Norma EN 280 no menciona los anclajes para equipos anticaídas, como los arneses. La Norma EN 280:2013 requiere que la plataforma esté equipada con anclajes para la fijación de estos equipos de protección individual para evitar que los ocupantes puedan caer desde la plataforma en caso de movimientos bruscos (Punto 5.6.14).
9. La Norma EN 280:2013 tiene un requisito por el que el nivel de vibración experimentado por el operador en la plataforma se mantenga «lo más bajo posible» (Punto 5.6.15).
10. En cuanto a las plataformas intercambiables, se han incluido un conjunto de nuevos requisitos para garantizar que cuando se cambie la plataforma por una de distinto tamaño o capacidad no pueda realizarse ningún movimiento hasta que la nueva plataforma haya sido enclavada, ajustada y asegurada. Además, el sistema de control de la PEMP debe adaptarse automáticamente a la nueva plataforma de trabajo (Punto 5.6.17). Una plataforma «intercambiable» es aquella que puede ser intercambiada por el operador sin el uso de herramientas.
11. La nueva versión de la norma tiene un requisito por el que los operadores en la plataforma deben estar protegidos contra aplastamiento sobre el panel de mandos cuando la plataforma esté en movimiento. También hay un requisito por el que todos los mandos están construidos para evitar las maniobras por equivocación. Además, los mandos manuales en la plataforma deben estar protegidos contra funcionamientos involuntarios sostenidos. Esta protección debe evitar un movimiento posterior de la máquina en la dirección de atrapamiento o bien permitir al operador invertir o parar el movimiento de atrapamiento (Puntos 5.6.16 y 5.7.1). Este requisito es una respuesta a la preocupación durante estos últimos años en el campo del atrapamiento de la parte superior del cuerpo del operador.
12. Otro asunto a tratar en la nueva versión de la Norma sería la anulación de sistemas de seguridad tales como controles de parada de emergencia y el sensor de carga cuando una persona está atrapada o incapacitada en la plataforma y necesita ser rescatada mediante los mandos del chasis. La Norma EN 280:2013 establece un requisito por el que debe existir un sistema de control por el que se proteja el mal uso de la anulación de estos dispositivos, y tener una evidencia clara de que esos dispositivos han sido utilizados o manejados. Para
restablecer los controles en la condición inicial se debe requerir el uso de una herramienta, como una herramienta física o herramienta física (Punto 5.7.9).
13. Todas las máquinas tienen que cumplir los requisitos de Compatibilidad Electromagnética (CEM) requisitos para asegurarse de que no son afectadas por la radiación electromagnética en el área en que se están trabajando o emitan radiaciones electromagnéticas que puedan afectar a otras máquinas. La nueva versión de la norma establece que las máquinas deben tener inmunidad frente a las perturbaciones electromagnéticas (Punto 5.8.6.).
14. Se han realizado pequeños cambios en los requisitos para el diseño de los cilindros hidráulicos, dando consideración especial al diseño de la conexión vástago/pistón y tapa final (Punto 5.10.1.1).
15. La versión anterior de la Norma EN 280 requería que las partes relativas a la seguridad de los sistemas de control debían cumplir las categorías de la Norma EN 954-1 que figuraban en la Tabla 4. La nueva versión de la Norma EN 280:2013 exige el cumplimiento de la nueva norma de sistemas de control, la Norma EN ISO 13849-1 con unos niveles de prestaciones establecidos en una Tabla 4 revisada (Punto 5.11).
16. La nueva norma tiene algunos requisitos adicionales para exámenes y ensayos llevados a cabo por el fabricante (Punto 6):
a. Nuevos requisitos para pruebas de estabilidad para PEMP de tijera con extensiones de la plataforma (Punto 6.1.4.2);
b. Nuevos requisitos para ensayos dinámicos para PEMP sobre orugas y PEMP equipadas con bloqueo de ejes oscilantes (Punto 6.1.4.2.2.2);
c. Una nueva prueba para PEMP montadas sobre neumáticos o por suspensiones (Punto 6.1.4.4).
17. Se establecen requisitos respecto a la información adicional en las instrucciones suministradas con la PEMP (Punto 7):
a. Se requieren instrucciones adicionales para posición(es) de acceso, inclinación(es) máxima admisible, vibraciones, traslación con máquinas de orugas, plataformas intercambiables, posiciones, dispositivos restrictivos y recogida de materiales (Punto 7.1.1.2 a), b), l), q), r), s), w));
b. Información sobre inspección periódica de partes giratorias y ejes de conexión (Punto 7.1.1.5 b) 1));
c. Información sobre la inspección de puntos de anclaje del arnés (Punto 7.1.1.7 k)).
18. Se han incluido requisitos adicionales respecto al marcado:
a. Se incluye la designación de la máquina (Punto 7.2.1 b));
b. Marcado de los puntos de anclaje (Punto 7.2.3);
c. Si la PEMP tiene más de una carga nominal las cargas deberán estar tabuladas con relación a la configuración de la plataforma de trabajo (Punto 7.2.4);
d. Las plataformas intercambiables deberán marcarse de forma permanente y clara en un lugar fácilmente visible con el nombre del fabricante o del proveedor y la referencia (Punto 7.2.10);
e. En las PEMP autopropulsadas en las que se controla la traslación desde la plataforma de trabajo con estructuras extensibles que pueden girar más de 90°, se deben marcar flechas en la base para indicar en qué dirección se desplaza la PEMP, cuando se activen los mandos de traslación desde la plataforma (Punto 7.2.19).
19. Se ha incluido un Anexo F normativo adicional, en el que se establecen los requisitos para mandos inalámbricos y sistemas de control.
Tim Watson ha estado vinculado al sector de las plataformas elevadoras desde 1996, anteriormente en el diseño, fabricación y alquiler; y actualmente como director técnico de Powered Access Certification Ltd., Organismo de Certificación británico especializado en estos equipos.

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