Resuelva sus dudas sobre alquiler de maquinaria y equipos en el escenario de COVID-19x
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| La elaboración de este escrito surge a raíz de las incidencias detectadas por parte de diversos agentes, que han intentado imponer sus condiciones o desentenderse de cualquier tipo de obligación tras la coyuntura generada por la suspensión o cese de actividad por orden del Gobierno . |
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| Para responder a las dudas y poner fin a las malas prácticas que han surgido en esta situación de incertidumbre, la asociación ha puesto a libre disposición del público diversas herramientas para proporcionar información veraz y de utilidad en relación con la actividad del alquiler de maquinaria y equipos. |
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Resuelva sus dudas a cuestiones como:
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- ¿Se han modificado las condiciones generales de contratación para el alquiler por la normativa relacionada con el COVID-19?
- ¿Se puede finalizar el alquiler de forma unilateral, como consecuencia del cese de actividad, si no está previsto en el contrato?
- ¿Qué sucede si no hay un contrato de alquiler firmado?
- ¿Qué sucede si el arrendatario (cliente) pide la finalización del contrato y los bienes no se devuelven al arrendador (alquilador)?
- ¿Quién es responsable de los equipos alquilados (en caso de daños, hurto, robo,…) durante el cese de actividad?
- Como arrendatario (cliente), ¿tengo que seguir pagando el alquiler durante el cese de actividad? ¿Y los servicios vinculados?
- ¿Se pueden suspender los contratos de alquiler?
- Si es sólo un alquiler ¿por qué el arrendatario (cliente) obliga a firmar un contrato de subcontratación al arrendador (alquilador)?
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